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OJO
26 de Septiembre de 2008
Cajacastilla.com, demanda WIPO denegada

Carlos Blanco me ha pasado hace un rato la decisión del panelista sobre el WIPO del dominio cajacastilla.com que ha concluido con una denegación de la demanda.

Quiero comentarlo con vosotros porque realmente me ha parecido muy interesante, y creo que el demandado -sin representación en el procedimiento-, Jorge Andrés Pedrosa Silva ha realizado una excelente defensa de su dominio (os recomiendo leerlo si tenéis tiempo)

El demandante era la Caja de Ahorros de Castilla La Mancha (Cuenca), representada por LB&A Abogados y solicitaba la transferencia del dominio alegando entre otras cosas que posee la marca registrada “CCM Caja Castilla La Mancha”  y que esta es ampliamente conocida en España, por lo que existe una confusión respecto al dominio y mala fé por parte del demandado.

Jorge Andrés Pedrosa Silva hizo un exhaustivo estudio de los dominios que la Caja de Ahorros de Castilla la Mancha tiene registrados, así como las fechas de registro de los mismos, señalando que el demandante eligió en su día darse a conocer por el término CCM, que es de hecho el que registró en 1997, ccm.es y el que utiliza actualmente. Cajacastilla.com no fue registrado por el demandado hasta 2002, y en cuanto a cajacastilla.es no fue registrado hasta 2005, por la editorial San Millán S.L.  Además, cajacastilla.org y cajacastilla.net en la actualidad se encuentran sin registrar.

Las alegaciones del demandado llevaron al panelista del caso a determinar que no se cumplía el primer requisito para admitir la demanda, “que el nombre de dominio registrado por el Demandado sea idéntico u ofrezca semejanza que produzca la confusión con una marca de productos o servicios sobre la que el Demandante tenga derechos”, por lo que esta ha sido denegada.

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26 de Junio de 2008
All.com, demanda WIPO denegada

El caso del dominio all.com ha sido algo un poco fuera de lo corriente: una de las partes implicadas (All Ltd, Selena Kovalski, la demandada) alegó que el demandante (Eric Haddad Koenig) -con quien supuestamente había tenido una relación de negocios desde 2005- le vendió el dominio. Para ello presentó un contrato de compraventa firmado por ambos y una factura, así como una orden de transferencia por el importe pactado.

El demandandante por su parte dice que nunca recibió el dinero y que todas las pruebas son falsificaciones, que el dominio fue robado

Hay que señalar que los documentos del acuerdo de compra y la factura no eran originales, fueron modificados y digitalizados por lo que su validez está en duda.

Los panelistas se han visto obligados a denegar la demanda en vista de que la conclusión depende de que se demuestre la veracidad de estas pruebas, ya que la Política del procedimiento no contempla la resolución de este problema, con lo que este vacío podría ser aprovechado por cybersquatters para complicar los procedimientos de arbitraje.

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3 de Junio de 2008
Se deniegan demandas a dominios acrónimos

Tal como comenta hoy Javier Ruiz (Domisfera) hay un riesgo en la posesión de dominios valiosos, en este caso acrónimos, y es que habrá quien intentará hacerse con ellos a través de un arbitraje evitando pagar el precio de mercado.

Los últimos dominios afectados han sido: anu.com, bdsi.com y mps.mobi. Por fortuna los panelistas denegaron estas demandas.

Ante casos así creo que siempre es necesario que el registrante interponga una demanda por cibersquatting a la inversa. Es muy rentable para quienes inician la demanda pagar la fianza para intentar conseguir a cambio un dominio que vale millones, y esto debe penalizarse.

 

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